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Descarga tus certificados de donación acá

A través de la Plataforma de Donaciones Dona en Ley, podrás visualizar e imprimir tus certificados de donación emitidos electrónicamente por Fundación Guadalupe Acoge.

Ingresar a la plataforma Dona en Ley https://www.donaenley.cl/guadalupeacoge/

Instrucciones de acceso:

  • RUT: Ingresa tu RUT completo, incluyendo el dígito verificador.
    ⁠Contraseña: Si es la primera vez que accedes, la contraseña será 12345678.
  • Si no recuerdas tu contraseña, haz clic en “Recordar contraseña” y recibirás un correo electrónico con las instrucciones para restablecerla.
  • Si actualmente no recibes tu certificado por tus donaciones o tienes cualquier duda, escríbenos a [email protected].

Estamos disponibles para ayudarte 

Tipos de Certificados de Donación

En Fundación Guadalupe Acoge contamos con tres tipos de certificados de donación, emitidos según el marco legal aplicable a cada tipo de aporte. Estos certificados permiten acreditar oficialmente las donaciones realizadas y acceder, en algunos casos, a beneficios tributarios.

  • Según Ley N° 3.063 de Rentas Municipales:
    Corresponde a donaciones destinadas a fines de beneficencia o asistencia social.
    Este certificado permite al donante imputar el 100% de la donación como gasto, sin sanción por exceso, lo que lo convierte en una de las vías más utilizadas por personas naturales y jurídicas que apoyan instituciones sin fines de lucro.
  • Según Ley N° 19.885 sobre Donaciones con Fines Sociales:
    Aplica para donaciones realizadas por empresas que apoyan causas sociales de interés público.
    Permite imputar el 50% de la donación como gasto y el otro 50% como crédito contra impuestos, generando un beneficio tributario directo y promoviendo la colaboración del sector privado con organizaciones sociales.
  • Según Ley N° 21.440 de Donaciones de Beneficio Público:
    Es el nuevo régimen de donaciones con beneficios tributarios, que moderniza la legislación anterior y amplía las posibilidades de apoyo a organizaciones sociales.
    Permite donar dinero o bienes, incluso en ejercicios con pérdidas, y deducir hasta el 100% del monto donado como gasto, siempre que se cumplan los límites y requisitos establecidos por la ley y el Servicio de Impuestos Internos (SII).